jueves, 10 de octubre de 2013

USUARIOS Y SUPLENTES COMEDOR ESCOLAR CURSO 2013-14.



Se les comunica a todas las familias solicitantes de plaza en el comedor escolar en el Ceip Nazaríes para el curso 2013-14, que se han cubierto todas las plazas de comedor adjudicadas a nuestro Centro para este curso. 
 
Se han confeccionado dos listados, uno de usuarios del comedor y otro de suplentes para poder utilizar esa plaza de comedor, siguiendo los criterios de prioridad en la admisión establecidos por la Consejería de Educación. El orden de admisión es el que aparece en el listado de suplentes. Ambos listados se encuentran expuestos en el tablón de anuncios del colegio.

A partir de ahora, para poder utilizar el servicio de comedor escolar, es decir, darse de alta como usuario, se tendrá que producir la baja de un usuario admitido anteriormente. 

Las causas por las que se puede dar de baja del servicio de comedor a los usuarios dados de alta en el mismo son las siguientes:
1.- Que renuncie a la plaza de usuario.
2.- Por el impago de dos recibos consecutivos.
3.- Por no utilizar el servicio de comedor cinco días consecutivos sin causa justificada.

Orden de prioridad para la adjudicación de plazas en el comedor escolar con los suplentes (Según los criterios establecidos por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía)

a) Alumnado que esté obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia por inexistencia en la misma de la oferta de la etapa educativa obligatoria correspondiente, que tenga jornada con sesiones de mañana y tarde.
b) Alumnado que, por motivos familiares, se encuentre en situación de dificultad social extrema o riesgo de exclusión, incluyendo en este supuesto los hijos y las hijas de mujeres atendidas en centros de acogida para mujeres víctimas de la violencia de género.
c) Alumnado cuyos representantes legales o en el caso de familia monoparental, el representante legal, realicen una actividad laboral remunerada y no puedan atender a sus hijos o hijas en el horario del comedor escolar.
d) Alumnado en el que uno de sus representantes legales realice una actividad laboral remunerada y no pueda atender a sus hijos o hijas en el horario del comedor escolar.
e) En caso de no poder conceder plaza a todo el alumnado incluido en los grupos c) o d), la admisión se regirá por los siguientes criterios:
1.º El alumnado solicitante que haya sido usuario del servicio de comedor escolar en el curso anterior.
2.º El alumnado de menor edad.
El orden de admisión se decidirá aplicando con carácter sucesivo los anteriores criterios y si fuese necesario, se realizará un sorteo público ante el Consejo Escolar del centro.
En cualquier caso, cuando sea admitido un solicitante, serán admitidos también los hermanos o hermanas que hayan solicitado el servicio de comedor escolar.

                                                                                              Armilla a 10 de octubre de 2013

                                                                                  El director

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